HABILITACIÓN

10 de Diciembre de 2021

Apertura del paso fronterizo: Requisitos para argentinos y extranjeros

Quedó autorizado oficialmente como "Corredor Seguro" el Puente Internacional General San Martí­n, aunque el Protocolo presentado por la Provincia estableció una limitación de horario de funcionamiento.

Redes Sociales

 

El Gobierno autorizó este viernes la apertura de dos nuevos corredores seguros internacionales. Se trata de los puentes General San Martín, que comunica las ciudades de Gualeguaychú con la de Fray Bentos, en Uruguay, y el General José Gervasio Artigas, que une Colón y Paysandú. Mediante la Decisión Administrativa 1189/2021 publicada en el Boletín Oficial con las firmas del jefe de Gabinete, Juan Manzur, y los Ministros de Salud, Carla Vizzotti; y del Interior, Eduardo  de Pedro, ambos pasos fronterizos quedaron habilitados como "corredores seguros internacionales".

En la normativa se establecen también los Protocolos correspondientes para los cruces internacionales, que fueron propuestos por la Autoridad Sanitaria provincial, que llevan la firma de la ministra de Salud Sonia Velázquez y ahora fueron avalados por el Ministerio de Salud de la Nación. "La implementación de los corredores seguros autorizados se ajustará a las previsiones de los referidos protocolos y a la normativa nacional vigente en materia de ingreso de personas a la República Argentina". Una de las características del Protocolo es que al momento de regresar desde Uruguay, los argentinos deberán presentar un PCR negativo con 72 horas de antelación al ingreso a nuestro país, costo que “deberá ser asumido por la persona que ingresa”. Asimismo, y en el caso de los extranjeros no residentes que ingresen a nuestro país, deberán cumplimentar con los mismos requisitos sanitarios que los argentinos y, además, deberán contar con un seguro médico contra COVID-19.

Como dato ilustrativo y poco frecuente en estos casos, en el Boletín Oficial de este viernes y como parte de la medida de la Jefatura de Gabinete, se publicó tambien como Anexo 2 el Informe Técnico presentado por la Provincia de Entre Ríos con el cual solicitó la aprobación de la apertura de los Puentes Gualeguaychú-Fray Bentos y Colón-Paysandú.

HORARIO

Según el Protocolo que presentó la Ministra Velázquez y que aprobó Nación, en la página 12 del Anexo 1 de la medida adoptada este viernes por el Gobierno Nacional se establece que “la franja horaria de funcionamiento del Corredor Seguro será de 8 a 20, aunque podrá ser modificada en coordinación con otras dependencias presentes en el paso fronterizo terrestre como Migraciones, Sanidad de Fronteras y Gendarmería”.

CONDICIONES PARA ARGENTINOS

En el caso del Puente General San Martín, en la página 7 del citado Anexo 1 de la normativa, figuran los requisitos exigibles para el ingreso de argentinos y residentes en la Argentina:

  • Esquema de vacunación completo con una antelación de 14 días.
  • PCR negativo realizado en el país de procedencia con 72 horas de antelación, el cual “deberá ser asumido por la persona que ingresa”. Es decir que para regresar desde Uruguay se deberá contar con un PCR negativo.
  • Solamente los menores de 6 años de edad quedan eximidos de presentar dicha prueba.
  • Las personas que no tengan el esquema completo de vacunación deberán cumplir con el período de cuarentena de 10 días y realizarse un PCR al séptimo día de su arribo al país, cuyo resultado deberá ser negativo como condición de finalización del aislamiento obligatorio.
  • Los menores de edad que no tengan las dos dosis de la vacuna contra el coronavirus podrán ingresar al país y estarán eximidos de realizar el aislamiento de 10 días como así también el test PCR al séptimo día de haber ingresado al país, con la recomendación que “no realizar actividades grupales ni concurrir a eventos grupales o masivos durante los primeros siete días contados de su arribo al país”.

CONDICIONES PARA EXTRANJEROS

En el caso específico del ingreso de extranjeros no residentes en la Argentina las condiciones son las siguientes (Anexo 1, página 8):

  • Las mismas condiciones anteriormente descriptas para el caso de ciudadanos argentinos
  • Seguro de salud COVID-19, con cobertura de servicio de internación, aislamiento y/o traslados sanitarios para quienes resulten casos positivos, sospechosos o contactos estrechos.

 

Disposición Administrativa 1189 y Anexos:

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/254171/20211210

 

 
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